13 de agosto de 2025

n los últimos años, el proceso de obtención de la ciudadanía portuguesa para niños nacidos en Portugal (hijos de padres extranjeros) ha experimentado cambios significativos, simplificando considerablemente el camino. En este artículo presentaremos cuáles fueron estas modificaciones en la ley y los nuevos requisitos para la solicitud de ciudadanía para los nacidos en suelo portugués, así como los documentos necesarios y otros detalles pertinentes.
Cabe destacar que Portugal mantiene el liderazgo en la política de ciudadanía en Europa, seguido por Suecia y Luxemburgo (datos del MIPEX 2020). En este sentido, el país adopta tanto el criterio jus sanguinis (criterio de consanguinidad / parentesco) como el jus soli (criterio territorial) para delimitar quién puede ser solicitante y titular de la nacionalidad portuguesa. Históricamente hablando, ¡nunca ha sido tan fácil obtener la ciudadanía portuguesa y nunca se han concedido tantas ciudadanías como actualmente!
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Sí, en Portugal, un hijo de extranjero que nace en territorio portugués puede adquirir la ciudadanía portuguesa. Existen algunas condiciones que deben cumplirse, pero estas se han simplificado considerablemente con las más recientes modificaciones en la Ley de Nacionalidad, ocurridas en 2022.
Atención: Las reglas que se presentan a continuación solo aplican si los extranjeros no se encuentran en Portugal al servicio de su país de origen.
El criterio jus sanguinis (criterio de parentesco) es aquel que garantiza al individuo el derecho a la nacionalidad de un determinado país en función de su ascendencia (de la nacionalidad de sus padres o abuelos, por ejemplo).
Por su parte, el jus soli (criterio territorial) garantiza al individuo el derecho a la nacionalidad de un determinado país por su nacimiento en ese lugar o por su permanencia prolongada en el mismo.
Con las últimas modificaciones en la ley, Portugal otorga mayor peso al criterio jus soli para la concesión de la nacionalidad.
En el caso del criterio jus soli, se debe cumplir una de las condiciones siguientes:
Hipótesis más simple y rápida: se podrá conceder la ciudadanía portuguesa originaria para niños nacidos en Portugal siempre que uno de sus progenitores, padre o madre, sea portugués, incluso si son portugueses con nacionalidad derivada. Vea aquí más detalles sobre ciudadanía portuguesa para hijo de portugués.
En este caso, basta que uno de los padres resida legalmente en territorio portugués al momento del nacimiento del niño, independientemente del tiempo de permanencia en el país. La ciudadanía otorgada también será originaria. Pero atención: es necesario contar ya con autorización de residencia para esta hipótesis. Si aún no ha convertido su visa en AR, deberá hacer la solicitud por otra vía.
Para los hijos de extranjeros que aún no poseen Autorización de Residencia, es necesario que al menos uno de los padres haya estado residiendo en Portugal por lo menos un año. En esta hipótesis, el niño también será considerado portugués originario.
Las dos opciones anteriores se incluyen en el inciso f del artículo 1º de la Ley de Nacionalidad:
“f) Los individuos nacidos en territorio portugués, hijos de extranjeros que no se encuentren al servicio de su Estado respectivo, que no declaren no querer ser portugueses, siempre que, en el momento del nacimiento, uno de los progenitores resida legalmente en territorio portugués, o aquí resida, independientemente del título, durante al menos un año”
Hipótesis destinada a los llamados “apátridas”, es decir, individuos que no poseen ninguna otra nacionalidad.
Puede aplicarse, por ejemplo, a niños nacidos en Portugal cuyo país de nacionalidad de los padres no concede la respectiva ciudadanía a los hijos de sus nacionales nacidos en el extranjero. También puede aplicarse en caso de que los padres no registren el nacimiento del niño en el consulado de su país, de manera que el niño sea considerado “apátrida” para este fin.
Un detalle: solo uno de los padres necesita cumplir los requisitos, no es necesario que ambos residan en Portugal.

Supongamos que un niño nació en Portugal, pero sus padres llevaban menos de un año residiendo en el país y sin título de residencia. En este caso, no tendrá derecho a recibir la nacionalidad portuguesa inmediatamente. Deberá esperar a cumplir los requisitos. La ley válida en este caso es la más reciente, pues la ley es retroactiva. La ciudadanía en este caso será derivada.
Tenemos un caso muy interesante de una clienta que llegó a Portugal embarazada y con visa de estudio. Sin embargo, su bebé nació 5 días antes de que se emitiera la Autorización de Residencia. Resultado: el bebé nació en un momento en que la madre no cumplía los requisitos, ni tenía título de residencia, ni llevaba un año en el país.
En este caso, tan pronto la madre recibió la AR, hizo la solicitud, pero la hija recibió la ciudadanía derivada, no originaria.
Después de hablar tanto sobre estas dos modalidades, la duda es comprensible. La ciudadanía por atribución (originaria) es aquella en la que el ciudadano ya nace portugués, es decir, la validez de la ciudadanía retrocede hasta el nacimiento.
La nacionalidad derivada, en cambio, es aquella en la que el individuo manifiesta su deseo de convertirse en ciudadano, y empieza a tener validez solo después de la aprobación de su solicitud de naturalización.
¿Por qué la ciudadanía originaria es más valorada que la derivada?
Básicamente porque la originaria puede transmitirse más fácilmente a los descendientes, incluso en la edad adulta.
El artículo 6º de la Ley de Nacionalidad prevé otra posibilidad de obtención de ciudadanía, por vía de adquisición (derivada). La ley dice:
“El Gobierno concede la nacionalidad, por naturalización, a los menores nacidos en territorio portugués, hijos de extranjeros, y que, en caso de haber alcanzado la edad de imputabilidad penal, cumplan los requisitos de los incisos d) y e) del número anterior, siempre que, al momento de la solicitud, cumplan una de las siguientes condiciones:
a) Uno de los progenitores haya residido aquí, independientemente del título, al menos durante los cinco años inmediatamente anteriores a la solicitud;
b) Uno de los progenitores tenga residencia legal en territorio nacional;
c) El menor haya asistido aquí al menos un año de educación preescolar, básica, secundaria o profesional.”
Esta sería una vía para aquellos que nacieron en Portugal antes de las últimas modificaciones de la ley, ya cumplieron 18 años y no poseen condenas penales. Sin embargo, observe que la ciudadanía concedida en este caso sería derivada, no originaria. Una recomendación: al realizar la solicitud, recuerde que la ley más reciente es retroactiva, por lo que puede basarse en el Artículo 1º, garantizando una ciudadanía originaria a su hijo. Según las leyes actuales, el niño tendría derecho a la nacionalidad en el momento de su nacimiento.
La modificación de la ley en 2020 facilitó aún más el acceso a la ciudadanía portuguesa para los nacidos en Portugal.
Antes, se exigía que uno de los padres residiera legalmente durante 2 años, o sin autorización de residencia por al menos 5 años, para que el niño tuviera derecho a la nacionalidad.
Y antes de 2018, el tiempo exigido de residencia de los padres era aún mayor: 5 años legalmente y 10 para quienes no tenían autorización de residencia.
Estas solicitudes de ciudadanía podrán realizarse en cualquier Conservatoria de Registro Civil de Portugal, así como en los servicios consulares o embajadas portuguesas.
La documentación necesaria puede variar según la hipótesis de ciudadanía mencionada anteriormente. Por norma, se requerirá:
En la gran mayoría de los casos mencionados, la solicitud está exenta de costos.
En el caso de niños nacidos en Portugal, cuyo uno de los padres haya residido legalmente en el país, la ciudadanía se concede automáticamente al momento del registro de nacimiento.
Para quienes nacieron antes de la modificación de la ley, será necesario realizar una anotación en el acta de nacimiento en la conservatoria, y el proceso puede tardar hasta 6 meses, dependiendo de la conservatoria elegida.
Este plazo en las Conservatorias puede extenderse debido a algunos factores, incluyendo:
Desde 2022, con las nuevas modificaciones de la Ley de Nacionalidad, esto es posible. A partir de ahora, los padres de niños nacidos en Portugal pueden solicitar la nacionalidad portuguesa si residen en Portugal por al menos 5 años, independientemente del título. La ciudadanía se concede por naturalización en este caso.
Esta hipótesis resulta ventajosa para familias que vivieron muchos años en Portugal sin título de residencia. Esto se debe a que la Ciudadanía por Tiempo de Residencia exige una estadía legal con autorización de residencia (AR) de 5 años.
Ya hemos comentado cómo es vivir con hijos pequeños en Portugal. Obtener la ciudadanía portuguesa trae consigo varias ventajas: más seguridad, libertad y oportunidades para la vida del niño, sin dudas.
De esta manera, con la nacionalidad, el niño podrá vivir en Portugal cuando desee y disfrutar de toda la estabilidad y calidad de vida que el país ofrece a sus ciudadanos. También tendrá libre tránsito e incluso derecho a residir en cualquiera de los 28 países de la Unión Europea, simplemente por ser ciudadano portugués.
Por lo tanto, si su hijo se encuentra en alguna de las hipótesis descritas anteriormente, ¡no pierda la oportunidad de garantizarle un presente y un futuro aún mejor! Si desea hablar con un especialista, haga clic aquí.

Autor:
Atlantic Bridge