30 de marzo de 2026

¿Sabías que es posible solicitar la nacionalidad portuguesa para los padres de un ciudadano portugués? Aunque parezca una situación poco común, este escenario es más frecuente de lo que se imagina. La legislación actual ofrece vías que facilitan tanto la obtención de la ciudadanía como la regularización para vivir legalmente en Portugal.
En este artículo, detallamos las disposiciones legales para cada situación.
Cumplir tu objetivo de residir en Europa o de obtener la ciudadanía europea puede ser más sencillo de lo que imaginas. Ofrecemos un acompañamiento personalizado para hacer que el proceso de inmigración sea más accesible y sin complicaciones.
Sí, en casos específicos. El primer paso es analizar el historial familiar:
El caso más común es el del inmigrante extranjero que vive en el país y cuyo hijo nació en suelo portugués, adquiriendo, así, la ciudadanía portuguesa originaria. De acuerdo con la ley vigente (Artículo 1º, f, de la Ley 37/81, de 03 de octubre, con las alteraciones traídas por el Decreto-Ley n.º 26/2022), para que el niño tenga ese derecho, es necesario que uno de los padres:
Vea más detalles sobre este tema en nuestro artículo completo sobre cidadania portuguesa para nascidos em Portugal.
Uno de los progenitores era portugués y transmitió la nacionalidad originaria al hijo, pero no hubo matrimonio o solicitud de nacionalidad (por parte del padre o madre extranjero) antes de un divorcio y el compañero o cónyuge no solicitó su cidadania portuguesa pelo casamento.
Aquí tenemos un escenario en el que un hijo, ya adulto, obtuvo la nacionalidad portuguesa a través del matrimonio o de residencia en Portugal, y sus padres desean tener también el pasaporte portugués.
Aquí, depende de cada caso.
Caso 1 y 2:
Si el hijo tiene nacionalidad originaria, adquirida en el momento del nacimiento, el progenitor extranjero puede solicitar la nacionalidad portuguesa por naturalización si reside en Portugal desde hace al menos 5 años, incluso si no dispone de un título de residencia válido.
Artículo 6º, nº 8 – El Gobierno puede conceder la nacionalidad, por naturalización, con dispensa del requisito establecido en el inciso b) del n.º 1, a los individuos que sean ascendientes de ciudadanos portugueses originarios, que aquí tengan residencia, independientemente de título, hace al menos cinco años inmediatamente anteriores a la solicitud y siempre que la ascendencia haya sido establecida en el momento del nacimiento del ciudadano portugués.
Caso 3:
La ley no prevé la concesión automática de ciudadanía. Si no está casado(a) con un portugués, ni posee una unión de hecho, la alternativa para alcanzar la ciudadanía portuguesa sería vivir en Portugal. Es decir, no existe la posibilidad de obtención de la nacionalidad a través del hijo, pero existe, sí, una facilitación en la obtención de una autorização de residencia para ese progenitor, a través de un reunificación familiar (Ley 37/2006 | 09 de Agosto). Y esto se configura como un camino para la ciudadanía por tiempo de residencia.
En caso de que los padres tengan menos de 65 años, deberán acreditar (por ejemplo, mediante transferencias bancarias al país de origen o una declaración emitida por el Estado de origen que indique que no perciben ninguna pensión ni apoyo financiero) que dependen económicamente del hijo. Este requisito no se aplica cuando el ascendiente tiene más de 65 años.
Consulta quién puede ser reagrupado en nuestro artículo completo sobre reagrupación familiar en Portugal.

Para comprobar 5 años de residencia en Portugal sin un título de autorização de residencia (AR) o Manifestación de Interés (MI), existen algunas opciones:
Poseer un hijo portugués puede simplificar el proceso de residencia en Portugal. Si usted no se encuadra en casos que permiten el acceso directo a la ciudadanía portuguesa, aún es posible buscar la residencia en Portugal como un paso intermedio para la naturalización, pues existe la posibilidad de obtención de la autorização de residencia, con dispensa de visa, para quien tenga hijos menores con nacionalidad portuguesa sobre los cuales ejerzan efectivamente las responsabilidades parentales y a quienes aseguren el sustento y la educación (artículo 122, k, de la Ley de Extranjeros – Ley 23/2007, de 04 de julio).
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¿No se encaja en ninguno de estos ejemplos? Envíe su duda a nuestro equipo de especialistas. Complete nuestro formulario y brinde detalles sobre cómo su hijo(a) adquirió la ciudadanía portuguesa y sus planes para obtener la suya propia. Nuestro equipo lo ayudará a encontrar el mejor camino.
Autor:
Silvia Resende